El juez del caso Plus Ultra rechaza investigar a Zapatero por malversación por las joyas
José Luis Calama sostiene que en 2007 ninguna norma obligaba a entregar esos regalos al Estado. El expresidente sigue investigado por delito fiscal y contrabando, y el juez paraliza además las inspecciones de Hacienda.
Por Álvaro Luna, Madrid
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El magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que instruye el caso Plus Ultra, ha rechazado ampliar la investigación contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a un presunto delito de malversación de caudales públicos por no haber entregado a Patrimonio del Estado unas joyas que, según su versión, recibió en 2007. Así lo pedía la Fiscalía Anticorrupción. La decisión, recogida en un auto difundido este viernes por el Poder Judicial, no cierra la parte de la causa referida a las joyas: Zapatero sigue investigado en ella por un presunto delito fiscal y otro de contrabando, según Europa Press.
Las piezas aparecieron en mayo en una caja fuerte de su oficina durante un registro policial, informa EFE. El expresidente sostiene que fueron un regalo del rey Abdalá de Arabia Saudí, ya fallecido, cuando él presidía el Gobierno. Dos peritajes las valoran en 1,3 y 1,02 millones de euros, según Europa Press.
Por qué descarta la malversación
Anticorrupción consideraba que había indicios de ese delito porque el propio Zapatero reconoció no haber entregado las joyas al Estado. El juez responde que la tesis de la Fiscalía es una interpretación construida a posteriori. Según el auto, en el momento de los hechos ninguna norma ordenaba que los regalos recibidos por altos cargos pasaran automáticamente al patrimonio público: esa obligación llegó con la Ley 19/2013 de Transparencia. «En 2007, no había norma que impusiera que dichos regalos quedaran automáticamente incorporados al patrimonio estatal», escribe Calama, según recoge EFE.
El instructor añade que el Código de Buen Gobierno de 2005 carecía de valor normativo para completar un tipo penal y que usarlo así convertiría principios éticos en fuente de incriminación. También distingue este caso de la jurisprudencia del Tribunal Supremo invocada, en la que sí existía una obligación previa y exigible de incorporar los bienes al patrimonio público. Sin ese elemento, concluye, falta un requisito esencial de la malversación.
El juez admite, según publica El Español, que quedarse con las joyas «pudiera suscitar reproches de naturaleza ética o política», pero considera que eso no las convierte en bienes públicos a efectos penales. Ese diario añade que Calama no da por buena la versión del regalo personal y que la defensa ha recurrido su negativa a pedir a Arabia Saudí, por comisión rogatoria, que confirme el obsequio.
Hacienda, en pausa
En un segundo auto, el magistrado paraliza los procedimientos de inspección de la Agencia Tributaria abiertos a Zapatero, a su mujer, a sus hijas, al empresario Julio Martínez Martínez y a varias sociedades vinculadas. Lo hace a petición de las delegaciones de Madrid y Valencia de la Agencia Tributaria, que alegaron prejudicialidad penal, según Europa Press. Los investigados se habían negado a aportar documentación a la inspección mientras siga la causa penal, porque decían que comprometería su defensa. El juez concluye que mantener los dos procedimientos a la vez restaría utilidad a las actuaciones administrativas.
El núcleo del caso Plus Ultra sigue siendo el presunto tráfico de influencias. El juez investiga si Zapatero obtuvo beneficios económicos a cambio de mediar en el rescate de 53 millones de euros que el Gobierno concedió a la aerolínea durante la pandemia. Zapatero es solo investigado y le ampara la presunción de inocencia. Las fuentes consultadas no recogen por ahora reacciones de las partes ni de los partidos a la decisión.